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| PREGUNTAS FRECUENTES |
¿Tengo algún plazo para informar a mi aseguradora la ocurrencia de un
accidente?
- El plazo para denunciar o informar la ocurrencia de un siniestro
ante su aseguradora es de 72 hs corridas (no hábiles) por medio
fehaciente.
- Deberá tener su cuota al día para tener cobertura
Para tomar un seguro del Hogar ¿que medidas de seguridad necesito?
Según las aseguradoras estas varían y algunas pueden ser:
- Cerradura doble paleta en todas las puertas exteriores
- Rejas en las ventanas y puertas con paneles de vidrio que den al
exterior
- La construcción deben ser de materiales incombustibles
- Muros perimetrales de 1.80 o más
- Alarma (opcional)
Algunas de estas medidas pueden evitarse pagando una extra-prima
previamente pactada con la aseguradora
¿Cual es el valor correcto para asegurar mi vivienda?
Lo correcto es el valor real, un detalle muy importante a tener en
cuenta para no ser sorprendido ante un siniestro es saber si la
cobertura a tomar es a Prorrata o a 1er. Riesgo Absoluto (consúltenos si
desea informarse y ampliar sobre estos conceptos).
¿Puedo asegurar mi casa quinta o de veraneo?
Hay aseguradoras que dan cobertura a este tipo de viviendas, Lo
correcto para no ser sorprendido por falta de cobertura ante un hecho de
estas características es solicitar que en la póliza se deje expresamente
constancia la "Ubicación" y que se trata de un inmueble de "Residencia
no permanente"
¿Robo y Hurto es lo mismo?
No es lo mismo. Robar es apoderarse de la cosa ajena mediante el uso
o empleo de fuerza o violencia sobre las personas o cosas, mientras que
Hurtar es sin el uso o empleo de esta. Hay aseguradoras que no dan
cobertura en el caso de Hurto.
¿Qué es el seguro Obligatorio en automotores?
El llamado "Seguro Obligatorio", es una "Póliza de Responsabilidad
Civil Hacia terceros Transportados y no Transportados", obligatoria por
ley. El límite del monto de cobertura es muy inferior a los que
normalmente se comercializan en el mercado que son de $3.000.000 en
automóviles y pick up de uso particular y varían de acuerdo a las
características y uso de la unidad.
¿Mis familiares transportados tienen cobertura por medio de mi
póliza?
Estos no tienen cobertura, por condiciones generales y particulares
están excluidos el cónyuge o conviviente en aparente matrimonio, y los
parientes del asegurado o del conductor o del propietario registral
hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad (en el caso de
Sociedades, los de los directivos)
¿Instalé un equipo de GNC, no tengo cobertura de Robo ni Incendio, es
necesario informar a mi aseguradora?
Está excluido por condiciones generales y particulares toda "Adaptación"
para ser propulsado por Gas Natural Comprimido (GNC), por lo que ante un
hecho donde ésta fuera la causante de un daño no tendrá cobertura de
Responsabilidad Civil, por lo tanto hay que informarlo a la aseguradora
ya que se considera un aumento del riesgo que debe afrontar, a su vez es
correcto reclamar copia de la póliza donde se deje expresa constancia de
tal cambio.
¿Con mi Licencia de conductor para automóviles particulares puedo
conducir un camión?
Por condiciones Generales y Particulares la póliza de seguros le dará
cobertura mientras que sea conducido por personas que estén habilitadas
para el manejo de esa categoría de vehículos por autoridad competente y
su registro se encuentre en vigencia.
¿Tengo cobertura de Robo total y parcial pero no me pagaron las tazas
de ruedas, porque?
Por Condiciones Generales y Particulares en robo parcial está
excluido el robo de tazas de ruedas, tapa de radiador, tanque del
combustible, escobillas y brazos limpiaparabrisas, espejos e insignia
exteriores y herramientas formen o no parte del equipo original de
fábrica y lo relacionado con audio entre otros
¿Que es la Tarjeta Azul?
Es un documento opcional e intransferible que permite identificar a
la persona que ha sido autorizada por el dueño de un automóvil para
conducirlo. El títular del mismo podrá gestionarla en el Registro de la
Propiedad del Automotor donde figura la titularidad de su auto. Ante
cualquier tipo de accidente la responsabilidad del dueño no varía con
esta nueva documentación.
Igualmente, se puede gestionar más de una cédula azul, ya que no existe
al momento un límite prefijado. Se hallan excluidos de la misma todo el
transporte de pasajeros (incluidos taxis y remises) y el de carga.
Más información:
www.dnrpa.gov.ar/cazul.htm
Marco Normativo: Disposición DN N°79/2006
¿Para que sirve la Tarjeta Azul?
- Mejorar la seguridad vial en su conjunto y la seguridad del
propietario del automotor y del conductor en particular.
- Restringir la utilización de los vehículos sólo a aquellas personas
que estén autorizadas por los propietarios.
- Permitir que toda persona que circula con un automotor, sea el titular
registral o un autorizado por éste, cuente con una identificación.
Esta identificación no remplaza a la Cédula Verde sino que se destina a
los terceros autorizados que manejan un auto del cual no son titulares.
La cédula servirá a la vez para que un tercero pueda salir con el
automóvil a un país limítrofe en forma temporal.
Si se vende el automotor las cédulas que se hayan solicitado para
manejar dicho vehículo serán dadas de baja automáticamente.
¿Cómo tramitar la identificación Tarjeta Azul?
Lugar de tramitación:
Registro Seccional donde esta inscripto el automotor
Requisitos:
- Se debe presentar el titular del automotor
- DNI del propietario
Costos:
- El valor de la cédula es de 16 pesos
- 15 pesos de la certificación de la firma
- Si se solicita más de una cédula la certificación sólo se debe abonar
una sola vez.
- Como las cédulas no tienen vencimiento sólo se debe pagar por ellas
cuando se solicita por primera vez.
¿Cuales son las señales de transito?
SEÑALES DE PREVENCIÓN

SEÑALES DE REGLAMENTACIÓN

SEÑALES DE INFORMACIÓN

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